19/05/2026
LA IGNORANCIA ES ATREVIDA 🤣
La realidad fundamentada a nivel legal es que los nutriólogos SÍ podemos (y debemos) emitir diagnósticos dentro de nuestra área, el problema es que mucha gente ignorante sumergida en el efecto Dunning-Kruger sigue creyendo que la nutrición en su praxis consiste solo en “hacer dietas para bajar de peso” 🤡
⚖️ La nutrición es una profesión sanitaria reconocida por la Ley General de Salud: el artículo 79 incluye a nutrición y dietología dentro de las actividades profesionales del campo de la salud que requieren título profesional o certificado de especialización legalmente expedido y registrado. Además, la NOM-043-SSA2-2012 reconoce como “personal calificado” a los nutriólogos, y la NOM-008-SSA3-2017 contempla la participación de profesionales de nutrición dentro del tratamiento integral de enfermedades crónicas. Somos profesionales de salud regulados, aunque algunos no lo entiendan.
Además, en hospitales públicos de México —IMSS, ISSSTE, institutos nacionales y hospitales de alta especialidad— los nutriólogos trabajamos TODOS los días con pacientes que viven con diabetes, cáncer, cirugía bariátrica, enfermedad renal, incluso en áreas como terapia intensiva, soporte enteral/parenteral, desnutrición hospitalaria, etc 🏥
De hecho, el propio IMSS establece textualmente que el Proceso de Atención Nutricional (PAN) incluye: “evaluación nutricional, diagnóstico nutricional, intervención nutricional y monitoreo nutricional” 🔬
Y de hecho, desde la carrera aprendemos justamente eso mediante formato PES: Problema, Etiología, Signos y Síntomas. Hacemos literalmente cientos de diagnósticos nutricios desde la formación clínica misma. Es el lenguaje clínico estandarizado de nutrición 😌
En la carrera de nutrición llevamos materias como bioquímica, fisiología, anatomía, fisiopatología, interacción fármaco-nutrimento, epidemiología, metodología de la investigación, interpretación de laboratorios, nutrición en una multitud de contextos (ej. deporte, pediatría, adultos mayores), soporte nutricional, y hasta medicina interna 📖⚕️
Y no, emitir un diagnóstico nutricio NO es usurpación de funciones 😂 lo que NO hacemos es diagnóstico médico nosológico definitivo ni prescripción farmacológica fuera de nuestra competencia. Por eso cuando detectamos patrones clínicos compatibles con alguna alteración, se refiere con el médico correspondiente. Así funciona literalmente el trabajo multidisciplinario en salud.
El problema es que algunos creen que la palabra “diagnóstico” es exclusiva de los médicos, cuando múltiples profesiones sanitarias diagnostican dentro de su área: odontólogos, psicólogos, fisioterapeutas…y sí, también nutriólogos 🙂
Pero bueno, tampoco se puede esperar demasiado de fanáticos de charlatanes calvos que creen que la fruta provoca diabetes 🗣️🍌
Fuentes base: Ley General de Salud art. 79; NOM-043-SSA2-2012; NOM-008-SSA3-2017; procedimientos IMSS sobre Proceso de Atención Nutricional/PES.